EL IBI
El impuesto sobre bienes inmuebles lo pagamos anualmente a la Hacienda Local por el derecho que disfrutamos sobre un bien inmueble.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI
¿Cuándo estoy obligado a pagar este impuesto? Con la titularidad de los siguientes derechos,
En el caso de concesión administrativa.
Con un derecho real de superficie.
Un derecho real de usufructo.
Del derecho de propiedad.
¡Exenciones en el impuesto sobre bienes inmuebles!
1) las que se conceden de oficio.
2) las rogadas, que necesitan de una solicitud previa del interesado.
3) las potestativas, que es una ordenanza municipal la que regula.
¿El impuesto sobre bienes inmuebles?¡Que pague otro!
Podrá repercutir la carga tributaria soportada conforme a las normas de derecho común. Por ejemplo, al alquilar una vivienda podemos acordar el pago del IBI por parte del inquilino: A pesar de que la administración nos siga considerando sujeto pasivo. Si finalmente el inquilino no nos paga tenemos que iniciar un procedimiento por vía civil.

Impuestos gestionados por el estado, comunidades autónomas o entidades locales.
En principio debemos conocer quién gestiona el impuesto para poder consultar o comunicar cualquier situación que pensamos que deben tener en cuenta a la hora de incluirnos como sujeto pasivo o CONTRIBUYENTE.
En cada impuesto señalamos el órgano gestor de la administración que se encarga de la liquidación o recaudación. También resaltaremos si se trata de una autoliquidación (Debemos presentar y liquidar el impuesto) o bien nos encontramos con impuesto que sólo debemos presentar la declaración.
No obstante otros como el IVTM o IBI se gestionan por padrón.
Entonces, ¿Cuánto tengo que pagar?
Tan sencillo como aplicar un porcentaje al valor que fija la administración sobre nuestra vivienda.
Muy bien, ¿Cuanto vale mi casa según la administración?
Tenemos que sumar el valor catastral del suelo y el valor catastral de las construcciones. Además de realizar las reducciones de los art. 67 a 69 del texto normativo.
¿Un porcentaje? Además lo fija el ayuntamiento al que pertenecemos. Si no dice nada un 0,6%.
BIENES URBANOS
Tipo impositivo o portcentaje que oscile entre 0,4 y 1,1%
BIENES RÚSTICOS
Aplicar un porcentaje entre el 0,3 y 0,9%
Entendido, ¿Cuándo y dónde pago?
Primero saber que el sujeto pasivo queda determinado el 1 de enero del año por el que vamos a pagar. Pagará en el periodo fijado por el ayuntamiento.
¡ Espera ! Aquí abajo tenemos las bonificaciones

Reducciones del los artículos 67 a 69
¡Ojo al dato! Podemos disfrutar de exenciones. Por la gracia del legislador nuestro Sr. somos contribuyentes en el impuesto pero lo no pagamos. Enhorabuena si es tu caso.
También podemos ser un contribuyente con reducción en la base liquidable (Nos reducen el importe sobre el que pagar).
El último AS con el que contamos en los impuestos son las deducciones. Nos descuentan directamente sobre la cuota que tenemos que pagar.
La bonificaciones en el impuesto sobre bienes inmuebles

INMUEBLES EN CONSTRUCCIÓN
Disfrutan de una bonificación entre el 50 y 95%. Siempre a solicitud de la empresa de construcción o rehabilitación antes de iniciar la actividad.

EN LAS VIVIENDAS VPO ( VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL)
Desde la calificación de vivienda VPO tenemos hasta TRES años para solicitar la bonificación del 50% en el pago de este impuesto.

PARA LAS FAMILIAS NUMEROSAS EL 90%
La ordenanza especificará la clase y características de los bienes
inmuebles a que afecte, duración, cuantía anual y demás aspectos.

BIENES INMUEBLES CON INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE ENERGÍA SOLAR
Disfruta del 50% de deducción sobre la cuota íntegra siempre que dispongan de colectores homologados por la Administración
competente.
INMUEBLES DE PROPIEDAD PÚBLICA DESTINADOS A ENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN
Una bonificación de hasta el 95% a favor de los inmuebles.
BIENES INMUEBLES URBANOS EN MUNICIPIOS CON ACTIVIDAD AGRÍCOLA
Tienen una bonificación de hasta el 90% los asentamientos de población singularizados por la preeminencia de actividades agrícolas.
BIENES RÚSTICOS DE COOPERATIVAS AGRARIAS
Disponen de forma indefinida de la bonificación de hasta el 95%.
INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES
Con la bonificación de hasta el 90% y será una ordenanza municipal la que establezca duración, cuantía y otros beneficios fiscales.
El periodo impositivo o año por el que pago, coincide con el año natural. Por lo tanto se determina al sujeto pasivo o CONTRIBUYENTE el día 1 de enero del año por el que vamos a pagar.
Es competencia de los AYUNTAMIENTOS la gestión del Impuesto de Bienes Inmuebles.