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El rendimiento de actividades económicas

Rendimiento de actividades económicas

Características acumulativas del rendimiento de actividad económica (art. 27 LIRPF).
 
  1. Rendimientos procedentes del trabajo personal y del capital
  2. Supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y
    de recursos humanos
  3. Con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de B&S

 

Sobre el rendimiento de actividades económicas

Reglas generales de cálculo del rendimiento de actividad económica (art. 28 LIRPF). En adelante RAE.

El rendimiento neto se determinará según las normas del Impuesto sobre  sociedades. NO se incluirán aquí las ganancias/pérdidas patrimoniales por los elementos patrimoniales afectos a las mismas.

RAE = ingresos – gastos

El rendimiento de actividades económicas

Situaciones donde si debe considerarse el RAE

¿Y los profesionales liberales integrados
en entidades en las que participan? (administradores que prestan servicios a la sociedad de capital). Obtendrán RAE si están dados de alta como autónomos.

¿Y el arrendamiento de inmuebles?
Obtendrán RAE cuando se utilice, al menos, una persona
empleada con contrato laboral y a jornada completa.

Elementos patrimoniales afectos (art. 29 LIRPF)

– Los bienes inmuebles en los que se desarrolla la actividad
– Elementos patrimoniales necesarios para obtener los rendimientos
NO – Activos representativos de la participación en fondos propios o activos por cesión de capitales a terceros.


¿Y los elementos patrimoniales que sirvan sólo parcialmente a la actividad?
Estarán afectos en la parte de los mismos que realmente se utilice en la actividad.
NO – Bienes indivisibles

El rendimiento de actividades económicas
El rendimiento de actividades económicas

¿Qué sucede en caso de matrimonio?


En caso de matrimonio, es necesario que el bien sea privativo del
cónyuge que ejerce la actividad o, al menos, ganancial o común.
En este segundo caso se considerará plenamente afecto a la actividad
aunque pertenezca a ambos cónyuges. Sin generar gastos para uno ni
rendimientos para otro.
Los bienes privativos del cónyuge que no ejerce la actividad
económica no pueden considerarse afectos sino que son elementos
patrimoniales cedidos y sí exigen una retribución a precio de mercado.

¿Los vehículos están afectos a la actividad?

– Vehículo mixto (furgoneta) de un topógrafo – DGT V2034-14
– Motocicleta de un representante comercial – DGT V3677-15
– Vehículo de un autónomo de seguridad privada – DGT V2703-
15
– Actividad de instalaciones eléctricas – DGT V2535-15
– Asesor fiscal – DGT V2181-15
– Trabajador pluriempleado por cuenta ajena – DGT V2627-14
– Venta de productos de alimentación – DGT V0474-15
– Vehículo de autoescuela – DGT V1662-15

Cómo desgravar en el rendimiento de actividades económicas

El rendimiento de actividades económicas

Sobre los encuadramientos en Hacienda

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